| Propuestas de la sección sindical de UGT en materia de vivienda. |
| Administrator viernes, 05 de diciembre de 2008 | |
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El pasado 30 de julio de 2008, nuestro único representante en el ORET, formado por 13 miembros (12 pertenecientes a CC.OO y 1 de UGT) presentó al resto de miembros del ORET y a la Representación de la Dirección de la empresa una serie de propuestas en materia de vivienda.
Dicha propuesta, cargada de ambición y justicia es el fruto de un trabajo serio, discutido y consensuado en el seno de la ejecutiva de nuestra sección, que pretende abrir los ojos a los sindicatos y trabajadores del Grupo Tragsa sobre los beneficios sociales que se disfrutan en muchas empresas con muchos menos beneficios que la nuestra; beneficios sociales que no vienen de la filantropía de los empresarios, sino de los consejos del Gobierno y de la lucha sindical.
IntroducciónActualmente es corriente encontrar una enorme diversidad de estilos de vida en la sociedad y por lo tanto en la empresa como reflejo de ella que es.Además de la familia tradicional, encontramos parejas de hecho, solteros, padres solteros, madres solteras, divorciados en muy diferentes situaciones. De tal manera que, según el estilo de vida la forma de enfrentarse al acceso a la vivienda es completamente diferente. Por eso desde la sección sindical de la UGT en Tragsatec Madrid, creemos que a la hora de constituir un fondo de asistencia a al vivienda es muy importante que se tengan en cuenta las realidades sociales del colectivo al que se dirige. De cara a conseguir el mayor grado de satisfacción posible de todos los trabajadores y siendo sensibles a la importancia vital que tiene el alquiler entre nuestros compañeros, defendemos que se de prioridad al alquiler frente a la compra. Por todo ello presentamos las siguientes propuestas y solicitamos de la empresa su compromiso para estudiarlas y asumirlas como propias para poder hacer frente a la realidad de una sociedad en continuo cambio. Medidas generales de acceso a la vivienda. Anticipos y préstamosTanto si se trata de compra, como de alquiler, el trabajador puede necesitar disponer de una cantidad de dinero de manera rápida. Por eso consideramos que una política de anticipos adaptada a las necesidades actuales es fundamental.Anticipo a modo de préstamoBajo este nombre proponemos lo siguiente:Todo el personal de la empresa con al menos dos años de antigüedad, y que no tenga concedido otro préstamo de las mismas características, tendrá derecho a la concesión de un préstamo personal sin interés hasta el importe de cinco mensualidades del salario real. La amortización del préstamo podrá ser mensual o con cargo a las gratificaciones extraordinarias, no excediendo en el primer caso del 10% del salario real. En el caso de que cese la relación laboral del empleado con la empresa, vendrá obligado el empleado a la cancelación del débito pendiente en esa fecha. En los casos de excedencia voluntaria, será obligatorio el reembolso previo del saldo deudor, o su afianzamiento mediante aval bancario. No podrá solicitarse ni concederse un nuevo anticipo mientras no haya concluido el plazo de amortización del anterior. No obstante, en casos de necesidad familiar excepcionales, y justificadas satisfactoriamente a juicio de la empresa, podrá concederse un nuevo anticipo antes de transcurrido el plazo para la amortización del anterior vigente, el cual se cancelará simultáneamente a la concesión del nuevo y con cargo al mismo; en estos casos el empleado deberá acreditar documentalmente la aplicación del anticipo a los fines expuestos en la solicitud. Anticipos anualesCon carácter general, los trabajadores que lo soliciten podrán distribuir todas las gratificaciones extraordinarias, prorrateándolas en las mensualidades ordinarias.Medidas específicas orientadas al alquiler de viviendaAvales para alquiler de vivienda.Aval proporcionado por la empresa por un importe máximo equivalente a 12 mensualidades del alquiler, para todos los trabajadores que lo soliciten.En el caso de que cese la relación laboral del empleado con la empresa, o excedencia voluntaria, vendrá obligado el empleado a la cancelación del aval. El precio máximo mensual del alquiler que se avalaría se fija en 1000 euros mensuales (a revisar anualmente con el IPC). Avales bancarios para alquiler de vivienda.En los casos en que no bastase el aval de la empresa, y se exigiera un aval bancario, un fondo asistencial proporcionará la cantidad solicitada, hasta un máximo de 12 mensualidades, para constituir un aval bancario que permita acceder al alquiler de una vivienda.Este préstamo se irá descontando de la nómina mensualmente de la forma menos perjudicial para el empleado. En el caso de que cese la relación laboral del empleado con la empresa, o excedencia voluntaria, vendrá obligado el empleado a la cancelación del aval. Subvención del alquiler de vivienda habitual.Se subvencionará el pago del alquiler de todos los trabajadores, con un 15% del precio mensual, durante un máximo de 4 años.El precio máximo mensual del alquiler que se subvencionaría se fija en 1000 euros mensuales (a revisar anualmente con el IPC). Medidas específicas orientadas a la adquisición de viviendaAvales para adquisición de vivienda habitual.A petición de los trabajadores fijos y con destino a compra de vivienda habitual, la empresa avalará ante la entidad bancaria o de crédito que designe el interesado hasta un máximo de 60.000 euros por aval/trabajador y subvencionará el 50% del seguro de amortización de dicho crédito.Los gastos e impuestos a que diera lugar la operación serán de cuenta del beneficiario. Comentarios (0)
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| Modificado el ( lunes, 15 de diciembre de 2008 ) |