Fin a la temporalidad sin límite; REAL DECRETO-LEY 5/2006 y Ley 43/2006
MaloBueno 
Administrator jueves, 11 de diciembre de 2008   
El Acuerdo para la Mejora del Crecimiento y del Empleo (AMCE) que UGT, con CCOO, CEOE-CEPYME y Gobierno, firmaron el 9 de mayo de 2006, contiene una serie de medidas para impulsar el empleo fijo y de calidad.
Este acuerdo, que se ha trasladado de inmediato a las normas legales, se está aplicando desde hace más de un año.

Fin a la temporalidad sin límite

Todo trabajador que lleve más de 24 meses, dentro de un periodo de 30 meses, con dos o más contratos temporales para el mismo puesto de trabajo y para la misma empresa, aunque sea a través de ETT, es fijo por aplicación de la nueva ley.

En este cómputo entra el contrato temporal que tuviera vigente el trabajador el 15 de junio de 2006, fecha en la que comenzó a aplicarse la nueva ley.
 
La negociación colectiva tiene que establecer límites a la utilización de sucesivos contratos temporales suscritos con distintos trabajadores para cubrir un mismo puesto de trabajo.
 
Se acabó utilizar el contrato temporal como “prueba” antes de hacerlo indefinido y cobrar una bonificación por la conversión.
Ahora las bonificaciones son sólo para la contratación indefinida inicial.
 
En definitiva, se van eliminando las ventajas de contratar temporalmente

 

Comentarios (0)Add Comment

Escribir comentario
Por favor, intenta ser respetuoso y riguroso en tus comentarios
quote
bold
italicize
underline
strike
url
image
quote
quote

busy
Modificado el ( miércoles, 11 de febrero de 2009 )