LOS FESTIVOS NO SE PIERDEN POR COINCIDIR CON EL DESCANSO SEMANAL
UGT valoramos muy positivamente la sentencia de la Audiencia Nacional nº 88/2026, de 19 de mayo, que declara no ajustada a derecho la práctica de empresas del sector Contact Center de considerar “disfrutados” los días festivos cuando coinciden con el descanso semanal.
Esta sentencia viene a decir que si un festivo coincide con tu libranza, no se pierde.
La Audiencia Nacional establece que festivos y descanso semanal son derechos distintos e independientes, y que uno no puede absorber al otro. Por ello, cuando se produce ese solapamiento, el festivo debe compensarse con un día adicional de descanso, a disfrutar en un plazo máximo de 14 días, rechazando además que baste con cumplir el cómputo anual de jornada sin garantizar el disfrute real del festivo.
Sin esperar ni un segundo…
UGT en Tragsatec ya hemos solicitado a la Dirección que apliquen esta sentencia y que se hagan las compensaciones de los festivos no disfrutados hasta la fecha.
No obstante, es importante recordar que esta sentencia no crea jurisprudencia al tratarse de un pronunciamiento de la Audiencia Nacional, y cabe la posibilidad de recurso por lo que todo esto puede evolucionar.
Independientemente de todo, estamos ante un logro importante, fruto de un conflicto colectivo impulsado y ganado por UGT, que reconoce una reivindicación que llevamos años defendiendo en la negociación y en los tribunales.
PORQUE… ¡EL MOMENTO ES AHORA!
SI TIENES CUALQUIER DUDA, CONSULTA A TU DELEGADA O DELEGADO DE UGT!!
¡¡¡ UGT CONSTRUIMOS LA TRAGSATEC DEL FUTURO!!!

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