7 de Abril, el  Día Mundial de la Salud, una fecha que nos invita a reflexionar sobre la importancia del bienestar físico y mental en todo el mundo: es una llamada a la acción para garantizar que todas las personas tengan acceso a servicios de atención médica de calidad porque la salud es un derecho fundamental.

Y porque sabemos que la salud puede fallar…..

UGT te hemos preparado un resumen sobre cuáles son tus derechos en materia de:

  • Accidente laboral
  • Cambio de contingencia
  • Permiso por enfermedad u hospitalización de familiar o conviviente

CONSIDERACIONES IMPORTANTES

Es aquel accidente sufrido en el lugar y durante el tiempo de trabajo, además de los ocurridos en el camino de ida o vuelta al centro de trabajo, siempre que no haya interrupciones entre el trabajo y el accidente y que se produzca en el itinerario habitual.  

En caso de accidente LEVE

  • Comunica Inmediatamente el accidente a tu Responsable Directo, que solicitará el volante de asistencia médica al Servicio PRL
  • Tu responsable te indicará el centro asistencial de la Mutua  FRATERNIDAD MUPRESPA al que tienes que desplazarte.

En caso de accidente GRAVE O MUY GRAVE

  • Deberás ser trasladado al centro asistencial más cercano, solicitando ayuda en caso necesario al teléfono 112 (Coordinación Emergencias) o en el teléfono de atención permanente de Fraternidad-Muprespa: 900 269 269.
  • Se deberá avisar cuanto antes al Responsable Directo
  • Al haberse eliminado los partes de incapacidad laboral en formato papel, se debe informar a la persona responsable sobre si tras la asistencia, el accidente cursa con baja y el alta cuando sea el caso.

RECUERDA que en la aplicación del Grupo Tragsa, hay una pestaña especifica de Prevención de Riesgos Laborales. En el apartado “Centros de Salud” puedes encontrar el centro médico más cercano según tu ubicación y mediante geolocalización indica la ruta para llegar al mismo, lo que, en caso de una urgencia médica, podría resultar muy útil, tanto en el trabajo como a nivel particular

 En caso de desacuerdo con la Mutua.

  • Se puede solicitar una Determinación de Contingencia, en caso de que la Mutua considere una asistencia como no contingencia profesional y estar en desacuerdo.
  •  A través de este enlace a la Seguridad Social se puede acceder a toda la información y descargar el formulario
  • Es posible además trasladar una queja al Defensor del mutualista de la Mutua Fraternidad, órgano independiente cuya función es atender, canalizar y dar respuesta a las posibles quejas y reclamaciones.

Permiso por hospitalización o enfermedad de familiar o persona conviviente

  • A TENER EN CUENTA
  • ¿Se puede fraccionar el permiso? NO, los días de permiso no pueden fraccionarse. Una vez que se inicia, su disfrute será en días consecutivos.
  • ¿Puedo adjuntar el informe del hospital? Te recomendamos que no. El justificante que adjuntes NO debe contener datos de salud.
  • ¿Quién realiza el parte de reposo?   Normalmente lo da el médico de cabecera, ya que el reposo no suele venir reflejado en el parte del hospital.  
  • ¿Es necesario que en el parte figuren los días necesarios de reposo? Es imprescindible, porque de no figurar, se va a denegar el permiso
  • ¿Qué necesito para justificar que se trata de persona conviviente?
  • Certificado de empadronamiento en el mismo domicilio que la persona trabajadora.
  • Declaración responsable de cuidados a la persona conviviente.
  • ¿Y en el caso de familiares de hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad?
  • Declaración responsable de parentesco

CASO 1: Operan a mi madre de rotura de menisco. Va a estar hospitalizada 1 día y de reposo unas 3 semanas.

CASO 2: Mi padre está ingresado en el hospital por una infección durante 6 días y va a necesitar cuidados posteriores.  Va a estar atendido los días de hospitalización, pero yo le tengo que cuidar en casa cuando le den el alta.

 CASO 3: Mi compañera de piso tiene un accidente de tráfico y debe permanecer en reposo 1 mes.

 

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Por Leticia